El Ministerio de la Presidencia brinda apoyo a la gestión presidencial, mediante la promoción de un nuevo Estado Plurinacional Democrático Participativo, el fortalecimiento en la coordinación con los poderes del Estado, el establecimiento de la gestión pública intercultural, descentralizada, eficiente, transparente y con la participación activa de las organizaciones sociales y los pueblos indígenas originarios campesinos, así como los mecanismos de comunicación y difusión transparente de la Información Gubernamental.
Las Disposiciones legales que rigen las atribuciones y organización general del Ministerio de la Presidencia son:
. Decreto Supremo Nº 29894 de Estructura Organizativa del Órgano Ejecutivo del Estado Plurinacional de 7 de Febrero de 2009. . Ley 3351 de Organización del Poder Ejecutivo de 21 de Febrero de 2006, y el Decreto Supremo 28631 de 08 de Marzo de 2006.
. Ley 3600 de 12 de enero de 2007, donde el Ministerio de la Presidencia asume algunas funciones del Ministerio de Desarrollo Sostenible y Planificación establecidas en la Ley No. 2150 de 20 de noviembre de 2000.
. El Ministerio de la Presidencia en su administración, responde a la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamental.
. Como cartera ministerial fue creada al amparo del artículo 23 de la ley Nº 6227. Ley General de la Administración Pública.
Funciones que le corresponden por ley:
a. Coordinar las acciones político - administrativas de la Presidencia de la República con los Ministros de Estado, Prefecturas de Departamento, Municipios y Comunidades.
b. Coordinar las relaciones con el Poder Legislativo.
c. Coordinar la relación del Poder Ejecutivo con los Movimientos Sociales y la Sociedad Civil.
d. Establecer y coordinar las actividades del Consejo de Ministros y de otros consejos o instancias de coordinación del Poder Ejecutivo, de acuerdo con las instrucciones presidenciales.
e. Orientar, coordinar y supervisar acciones y políticas con los demás Ministros de Estado, de acuerdo con la instrucción presidencial.
f. Formular políticas de seguimiento y control de la organización y reforma del Poder Ejecutivo.
g. Promover políticas públicas orientadas a la gestión, prevención y resolución de conflictos.
h. Actuar como custodio y mantener el archivo de leyes, decretos y resoluciones supremas, y promover el desarrollo normativo, la sistematización y actualización de la legislación.
i. Desarrollar e implementar políticas orientadas a profundizar el proceso de descentralización, concertadas con actores políticos, sociales, culturales, económicos y territoriales.
j. Establecer la concordancia y respeto de las competencias nacionales y subnacionales de gobierno, establecidas como derechos para que las regiones y pueblos puedan acceder, cumpliendo requisitos que garanticen la capacidad administrativa, solidaridad con otras regiones y unidad del Estado Plurinacional